Cuando se producen daños a un inmueble por culpa de elementos comunes, deben pagar todos los copropietarios de la Comunidad incluidos los afectados. En estos casos, se recomienda la presentación de un informe pericial en el que se demuestre que los daños proceden de los elementos comunes.
La única salvedad en la que el comunero no paga su parte correspondiente, es en aquellos casos en los que exista un pleito ganado frente a la comunidad condenando a la misma a pagar una cantidad.