Requisitos de las Piscinas Comunitarias

Llega el verano, y con él el buen tiempo y las ganas de disfrutar de un buen chapuzón. Realizar la apertura de una piscina comunitaria no es tarea fácil, es un tema sumamente delicado que debe ser evaluado por las comunidades de vecinos, esto se debe a los distintos requisitos legales, higiénicos y sanitarios que establece la ley y que tienen que ser cumplidos al pie de la letra.

Para iniciar el procedimiento de apertura de una piscina comunitaria, la Comunidad de Vecinos debe disponer la Licencia Municipal de Actividad y también la siguiente documentación necesaria:

  • CIF o NIF de la Comunidad de Vecinos.
  • Datos del presidente de la Comunidad, tales como Nombre, DNI, domicilio, teléfono, entre otros.
  • Datos del encargado de la empresa de mantenimiento de la piscina.
  • Título y contrato del personal sanitario, ya sean socorristas, médicos o cualquier otro necesario. En este aspecto, cada Comunidad establece el número de personal sanitario en función del tipo de piscina y el tamaño de la misma.
  • Ficha técnica de datos de seguridad de la piscina, es decir los productos químicos, sobre el tratamiento que recibe el agua tanto en verano como en invierno.
  • Libro de Registro y Control de Piscinas. El cual estará siempre a disposición de las Autoridades Sanitarias.
  • Número de viviendas que forman la Comunidad de Vecinos.
  • Análisis del agua de la piscina para comprobar que los parámetros de calidad se encuentran dentro de la legalidad en caso de haber sometido el agua a algún tratamiento en invierno.
  • Certificado de desinsectación y desratización.
  • Información a la vista de los usuarios de la piscina de los horarios y normas de uso de la misma, así como los teléfonos de emergencias y el tratamiento que se le realiza al agua.

Hay que tener en cuenta que cada comunidad es autónoma y disponen de su propia normativa para el uso de estas piscinas, donde deben especificar las condiciones adecuadas de su uso, así como la capacidad máxima y el horario de apertura y cierre.  De igual forma, siempre deben tener en cuenta las ordenanzas respectivas que aprueban los ayuntamientos municipales con respecto a este tema.

Además, la comunidad debe enviar constantemente análisis del agua que deben poseer los parámetros de cloro, PH y otros, los cuales tienen que ser cumplidos diariamente de acuerdo con las exigencias de salubridad requeridas por la ley. Es recomendable que la comunidad disponga de un Seguro de Responsabilidad Civil Comunitaria frente a Terceros, no es un requisito fundamental, pero será útil en caso de daños causados por omisiones de la Comunidad.