La respuesta mas esencial al tema es NO, pues en los términos establecidos en el contrato, deben existir cláusulas o condiciones que definan el tiempo en el que el aumento de la renta deba ser manifestado y la cantidad del mismo sea establecido en una suma porcentual. Incrementar la renta en un tiempo no convenido en el contrato puede acarrear consecuencias para el propietario del inmueble en cuestión.
Puede existir una cláusula en el contrato que estipule que el arrendatario puede sufrir un incremento de la renta para equiparar el precio de la renta con el Índice General Nacional de Sistemas de Precios al Consumo en el que se reflejan las modificaciones de aspectos como la inflación sobre el mercado inmobiliario.
Existen escenarios viciados de nulidad en los que los caseros aumentan el canon de arrendamiento por el simple hecho de que los precios de los arriendos en la misma zona en la que esta el suyo han subido de precio. Esto es un error que el dueño de la propiedad esta cometiendo, ya que esta violando las instrucciones en el documento de arrendamiento que estipulan una fecha precisa para el aumento o modificación de las condiciones de alquiler, es decir, al finalizar y/o renovar el contrato.
El inquilino puede no aceptar un incremento en el canon de arrendamiento y continuar viviendo en la propiedad, pues no ha incurrido en ninguna falta en contra del contrato establecido. En la mayoría de los casos, esta figura del aumento del canon del arrendamiento no es mas que una manera de decirlo, pues el comportamiento real de este trámite consiste en un cese de las responsabilidades y condiciones de un contrato para dar paso a la celebración de otro en el que es posible la modificación de sus cláusulas, siendo la que por excelencia se altera, la que especifica el monto a pagar por concepto de alquiler.
Regulaciones del gobierno respecto al tema
El mercado arrendatario se mantiene pujante y estable mientras el gobierno local no interfiere. Cuando esto sucede, la figura de orden que impone la ley a la fuerza puede representar un arma de doble filo. Esto se debe a que por una parte tenemos al beneficiario, que es el inquilino, favorecido por los controles que obligan al casero a regular el incremento a una tasa específica calculada de acuerdo a datos oficiales que nada conviene al que hace negocios de este tipo, fomentando un punto inflacionario en el mercado y por el otro lado tenemos el casero que cierra sus puertas a nuevos y futuros inquilinos por el miedo a que el gobierno atenta con sus normas a su negocio por el “bien común”.
Esto ha traído serias consecuencias en gobiernos de latinoamérica que han terminado destruyendo el mercado del alquiler en el país entero y todo parece apuntar, que esas tendencias regulatorias se van a implementar en nuestro mercado muy pronto.