¿Me pueden añadir al grupo de WhatsApp de la comunidad de vecinos sin mi consentimiento?

El WhatsApp se ha convertido una de las aplicaciones más usadas a nivel mundial. Ésto, gracias a su eficiencia para mantener la comunicación entre usuarios que poseen celulares inteligentes. Su máxima innovación radica en que, a través de esta App, se puede enviar contenido multimedia sin afectar el saldo de la renta mensual de la telefonía. ¡Todo un verdadero éxito de la tecnología!

Sin embargo, en no pocos casos, la tecnología se ha convertido en un agresor de su creador, generando así irregularidades que pueden dar pie a problemas de tipo: familiares, sociales e incluso legales. En la actualidad, el inconveniente más común resultante del uso de novedades telefónicas apunta hacia un mismo delito: la violación de la privacidad. Y sí, es incómodo aceptarlo; pero el uso indiscriminado de esta herramienta puede transformar a cualquiera en un infractor de la ley.

Se recomienda volver a los atributos del WhatsApp, pues su uso se ha extendido tanto que, ahora, casi todos los conocidos de una persona, que posea teléfono inteligente, se encuentran clasificados por grupos y subgrupos. En los siguientes ejemplos se ancla esa aseveración: hay grupos de amigos, familiares, escolares, de fiesta, de intereses comunes y hasta de… ¡¿Vecinos?! Sí, todos han echado manos de esto para fortalecer las redes de comunicación.

A pesar de ello, como se indica en líneas anteriores, no han sido pocas las situaciones en las que la privacidad de una persona es vulnerada por el uso inadecuado de la App. Nuevamente el problema no es el objeto, sino el sujeto que lo manipula. Es por ello que, muchos usuarios de telefonía inteligente pertenecientes a una comunidad de vecinos suelen preguntarse si pueden ser agregados al grupo de WhatsApp de su condominio sin su consentimiento. La respuesta es muy sencilla: de poder, pueden; pero la situación conflictiva se presenta en si esta acción es legal o no.

Pues bien, para contestar adecuadamente la pregunta, se precisa analizar algunos aspectos. En primer lugar, para agregar a alguien a esta aplicación, se debe contar con su número de teléfono personal. Si el vecino lo proporciona al administrador del grupo, entonces su incorporación al mismo no es ilegal. Pero, si el propietario no suministra ese dato y es agregado, sí se está incurriendo en una falta según lo establecido por la Agencia Española de Protección de Datos.

Si el vecino lo proporciona al administrador del grupo, entonces su incorporación al mismo no es ilegal. Pero, si el propietario no suministra ese dato y es agregado, sí se está incurriendo en una falta según lo establecido por la Agencia Española de Protección de Datos.

Ahora bien, ¿En qué consiste el agravio? Pues, en esta situación ocurre una doble violación a la privacidad. ¿Por qué? Ocurre que, si la persona agregada al grupo no dio sus datos y el administrador los consiguió a través de un tercero, éste comete un delito en contra de la intimidad de su vecino. Y si, además, esa información queda expuesta ante otros, se le recarga otra transgresión, la violación a la privacidad. Esto es consecuencia de lo anterior, ya que al agregar a alguien a esta App su número telefónico queda descubierto ante los demás miembros del grupo.

Como consecuencia, esta situación ha desencadenado fortísimos conflictos legales entre vecinos de una misma comunidad. Incluso, las querellas han requerido de asistencia jurídica para su satisfactoria solución. Sin embargo, para evitar molestias mayores, existen algunas recomendaciones que pueden seguir los administradores de grupos y responsables de condominios. A continuación, las más pertinentes.

Primero, solicitar la autorización de los vecinos para ser incluidos en un grupo de WhatsApp. Esta simple acción podría reducir a cero las probabilidades de que se incurra en un delito de violación de privacidad. Segundo, utilizar la herramienta de difusión de la aplicación. Con esta opción el administrador puede mantener informada a su lista de agregados sin que los datos (números) queden revelados.

Evidentemente, los responsables de condominios  pueden evitar el uso inadecuado de los datos de sus vecinos con la simple práctica de las alternativas anteriores. De esta forma, se consolida la convivencia respetuosa y la individualidad de los miembros de un conjunto residencial.