La certificación energética de las viviendas

En el año 2013 un Real Decreto inició una especie de campaña y censo a la vez para la concientización en pro del ahorro energético. La medida exige a los propietarios que tengan una certificación que avale la calidad del consumo de energía que se realiza en el inmueble, de esta manera, se pueden aplicar correctivos o modificaciones importantes para mejorar este nivel en caso que este sobre lo que se  considera estándar o normal.

Este es un Real Decreto es de carácter obligatorio que vincula a todos los edificios, locales comerciales y viviendas en general bajo un mismo compromiso del ahorro de energía. En el documento que se expida se establece cual es la calidad del consumo y se define una clasificación que va desde la A que significa Favorable, hasta una G de Desfavorable.

Es un certificado que tiene una validez de hasta 10 años desde el momento de su tramitación, sin embargo, ud. puede renovar los datos de este con la solicitud de una nueva inspección de un técnico con fines de actualizar el tipo de consumo que tiene el inmueble.

Edificaciones que están obligadas a tener certificación energética

  • Edificios nuevos recién construidos
  • Inmuebles en venta o en alquiler.
  • Edificios públicos en los que funcionen instituciones del estado y que tengan atencion al cliente, existe una medida mínima de superficie útil igual o mayor a 250 m2 para que este certificado sea exigible.

Existen dos tipos de certificados, uno que afecta a todo un edificio por completo y otro en el que el certificado debe ser tramitado piso tras piso para poder tener validez este último es mas sencillo y práctico, especialmente a la hora de vender pisos y tener las solvencias y trámites correspondientes.

Es tan importante, que resulta ilegal vender o alquilar una propiedad sin que esta tenga el certificado de ahorro energético que avale el consumo adecuado de electricidad.

Edificaciones exentas de la certificación energética

  • Monumentos y edificaciones protegidos oficialmente, por ejemplo piezas artísticas o fuentes de plazas.
  • Iglesias o templos religiosos utilizados como lugares de culto exclusivamente
  • Construcciones provisionales que tienen un plazo no mayor a dos años antes de ser desmantelados o demolidos.
  • Edificaciones destinadas para la industria y lugares agrícolas en los que se procesan alimentos o procesos industrializados que no sean residencia o viviendas para la compra o alquiler.
  • Edificios o residencias de menos de 50m2.
  • Inmuebles que vayan a ser reformados por completo o que vayan a sufrir una demolición.
  • Inmuebles que solo se usen menos de 4 meses al año y representan un uso promedio de hasta 25% de uso que uno igual que si sea usado por el año entero.