Actualmente existen demasiadas viviendas vacías, no solo en territorio español sino en todo el mundo y aunque esto no suponía un problema en años anteriores, ahora éstas son el principal tema de conversación de diferentes organizaciones y gobiernos. Mientras se busca la manera de encontrar las figuras fiscales que puedan financiar las reformas sociales que el gobierno español quiere implementar, surgió nuevamente la idea de gravar inmuebles desocupados, de manera que se pueda cobrar un impuesto de 100% en recargo de cuotas líquidas.
Lo que se busca con esto es una financiación local que pueda incrementar los ingresos del Estado para resolver los problemas colectivos de los ciudadanos mediante aquellas viviendas que se han mantenido vacías de manera permanente. Este tipo de financiación ya es aplicable en Cataluña, pero solo es válida para las personas jurídicas que son dueñas de bienes inmuebles desocupados por más de 2 años sin justificación alguna. Todos los ingresos que se deriven de estos impuestos van dirigidos a los planes de vivienda.
Fedea no está de acuerdo en estos gravámenes
A pesar de que la idea parece ser la solución para la financiación local, la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) no piensa lo mismo, de hecho, alega que las ganancias no serían equitativas. Este es un tema que se ha estudiado con anterioridad y muchos expertos han tenido opiniones diferentes, sin embargo, son más las opiniones negativas que las positivas. Antes de siquiera tomar en cuenta sobrar un impuesto a las viviendas desocupadas, se pensaba implementar un trato especial a las viviendas principales o habituales y penalizar de una vez por todas aquellos inmuebles desocupados.
Sin embargo, ambas ideas terminaron por ser descartadas por Fedea debido a que el problema administrativo que acarrean generaría más pérdidas que ganancias, así que los ingresos y egresos no estarían totalmente claros. Por otro lado, en caso de que alguna de las opciones anteriormente mencionadas se lleve a cabo, la aplicación de la gestión en las personas que tengan su vivienda habitual en un alquiler supone un gran problema, lo mismo ocurre con los promotores de viviendas o propietarios de inmuebles en venta, pues con la crisis se les dificulta salir del producto en oferta.
Sin embargo, Fedea si está de acuerdo con la reforma del IAE
El IAE fue uno de los impuestos más importantes en el pasado y ahora está literalmente anulado como una de las principales fuentes de financiación locales, todo esto debido a que, en el año 2002, se excluyó a los profesionales y artistas del pago de impuestos, además, se creó una especie de umbral en las empresas para que realizaran su tributación siempre y cuando sus negocios superaran el millón de Euros. La reforma del IAE es totalmente necesaria y se deben volver a agregar a los artistas y profesionales al pago de impuestos, solo así se tendrá equidad entre los ciudadanos en ámbitos tributarios.
El IEB asegura que el cobro de impuestos disminuye la desocupación
El Instituto de Economía de Barcelona alegó que el cobro de los impuestos en inmuebles desocupados puede reducir al menos un 13% la desocupación de viviendas en el territorio español, sobre todo en las localidades en las cuales se registran más de 50.000 habitantes. Si vamos a una visión de corto plazo, se incentiva al sector inmobiliario cuando de ventas o alquileres se trata, pues las personas buscarán ofrecer el inmueble bajo un menor costo y la adquisición de inmuebles destinados a viviendas será más sencilla.
Sin embargo, otras organizaciones alegan que a largo plazo el incentivo volverá a reducirse y los precios aumentarán, así que el proyecto tiene sus pros y contras, incluso hay una investigación en la que se resalta que la aplicación de este impuesto es bastante complicada porque, aunque se tome un estimado del 50 o el 100% del recargo en viviendas vacías, no hay una definición legal que pueda estipular cuáles son las viviendas desocupadas que estarían sujetas a este cobro anual.
En el caso de aplicación del impuesto ¿en qué consiste el procedimiento?
A pesar de no tener mecanismos definidos para el cobro de estos impuestos, es posible que se tome en cuenta el método de Cataluña, el cual consiste en declarar vacía la vivienda, estipular la fecha de cobro a una vez al año, en ese caso, devenga todos los 31 de diciembre y el pago al tercer mes del año.